CONSEJOS 1/2 telefonía: Facturas y formas de pago

  • ¿Cómo puedo saber los precios que me está cobrando mi operador en cada tipo de llamada?

El mercado de las telecomunicaciones está regido por la libre competencia por lo que las tarifas, con carácter general, no están reguladas. Sólo ciertos precios del servicio telefónico fijo que presta Telefónica están regulados, mientras que resto de operadores puede fijar sus precios libremente, debiendo comunicarlos con un mes de antelación al usuario. Los operadores están obligados a facilitar información en su página web o por escrito, si el abonado lo solicita, a cerca de:

  • Servicio que prestan (descripción indicando lo que incluye la cuota de alta, cuota de abono y otras de facturación periódica)
  • Tarifas generales
  • Política de compensaciones y reembolsos
  • Tipos de mantenimiento ofrecidos
  • Condiciones de contratación, plazos mínimos.
  • Forma y causas de extinción del contrato
  • Procedimiento de resolución de conflictos
  • ¿Tengo derecho a recibir una facturación detallada?

Las facturas que los operadores de telefonía fija tienen que remitir a sus clientes tendrán el siguiente grado de detalle:

En primer lugar, deben diferenciar los cargos por el servicio telefónico de los de cualquier otro servicio (por ejemplo, servicios de tarificación adicional, adquisición de aparatos, etc.)

Dentro del servicio telefónico, el nivel de detalle incluirá la identificación separada de los siguientes elementos:

  • El período de facturación
  • La cuota mensual fija
  • Otros cargos mensuales fijos
  • Cualquier cuota fija no recurrente

Datos agregados por grupos tarifarios, tales como llamadas metropolitanas, nacionales, internacionales, a móviles y a servicios de tarificación adicional, indicando el número de llamadas, el número de minutos y el coste de cada uno de los grupos

Total facturado e impuestos indirectos

Importe total de la factura, impuestos incluidos

En relación con el desglose de las llamadas, deberá incluirse detalle de todas las llamadas facturadas, excluidas las de bajo coste (ver más abajo). Para cada llamada se indicará:

  • Número llamado
  • Fecha y hora de la llamada
  • Duración de la llamada
  • Tarifa aplicada
  • Coste total de la llamada

Quedan excluidas de la obligación de desglose las llamadas de bajo coste, que serán:

  • Llamadas metropolitanas
  • Llamadas de tarifa en horario normal inferior al equivalente de 3 céntimos / minuto
  • Llamadas de tarifa en horario normal inferior a 20 céntimos / llamadaLas llamadas gratuitas no deben aparecer en la factura.
  • ¿Están regulados los precios de la telefonía fija?

No. Las telecomunicaciones son un mercado liberalizado, y, con carácter general, los precios pueden ser fijados libremente por los operadores.
No obstante, aún subsisten dos precios que están regulados por la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, que se aplican únicamente a Telefónica:

  • La cuota de alta, es decir, la cuota que se paga una sola vez por la instalación de la línea.
  • La cuota de abono, esto es, la cuantía fija que se paga mensualmente, con independencia de las llamadas realizadas.

En ambos casos la CMT fija precios máximos, que rigen sólo para Telefónica. Ésta, para resto de precios para todo tipo de cuotas y llamadas, tiene libertad de precios. Para el resto de operadores, es libre la fijación de todos los precios, incluidas cuota de alta y de abono.