La regulación de los mercados de la telefonía fija (Consulta Pública)
La CNMC acaba de lanzar una consulta pública sobre la revisión de los mercados de acceso a la telefonía fija (mercado mayorista y minorista).
Esta noticia viene de: https://blog.cnmc.es/2016/07/12/la-regulacion-de-los-mercados-de-la-telefonia-fija-consulta-publica/
Por un lado, la CNMC analiza cómo son las relaciones entre los usuarios y sus operadores a la hora de contratar la línea telefónica fija (mercado minorista). Por otra parte, en el segmento mayorista, la consulta se centra en las relaciones entre los distintos operadores en lo que respecta al servicio telefónico fijo.
¿Cómo es el mercado de la telefonía fija?
En España hay 6,4 millones de clientes (un 33,6% del total) que no tienen el acceso telefónico fijo empaquetado con la banda ancha en España.
El perfil de usuarios de mayor edad, más reticente a contratar servicios empaquetados, está especialmente representado en este segmento de clientes.
Por el contrario, cuando el servicio de acceso telefónico se comercializa a través de empaquetamientos, la competencia es más intensa: la cuota de mercado de Telefónica es del 44,6%.
¿Qué proponemos regular?
Es importante recordar que ya en la Recomendación de Mercados de la Comisión Europea (2014) eliminó tanto el mercado minorista como el mayorista de acceso telefónico. No obstante, la CNMC considera que mantener la regulación en el mercado mayorista es necesario para garantizar un desarrollo competitivo del mercado minorista. Así, con esta regulación la CNMC pretende proteger a los casi 6,4 millones de usuarios que no tienen la telefonía fija empaquetada con la banda ancha.
En consecuencia, la CNMC propone, en el mercado mayorista, mantener las obligaciones a Telefónica, dado que no existe una competencia efectiva y la operadora mantiene un poder significativo de mercado (PSM). En particular, la de ofrecer el servicio AMLT. Sin embargo, la propuesta de regulación se formula en términos más relajados que en anteriores revisiones, pues se matizan los siguientes aspectos:
– Se restringe el servicio de preselección a las líneas AMLT. Es decir, sólo se podrá contratar el servicio de preselección sobre línea AMLT. La selección de operador llamada a llamada desaparece.
– Se levanta la obligación que tiene Telefónica de prestar el servicio de originación en tránsito doble.
– Se suprime la prohibición de Telefónica de realizar prácticas de recuperación de clientes durante un plazo de cuatro meses desde que se activa la solicitud del servicio AMLT.
¿Qué pasa con los OTT?
La CNMC considera que los servicios Over The Top (OTT) no constituyen hoy en día una alternativa suficiente a las llamadas sobre la red Telefónica tradicional como para plantear la desregulación de este mercado.
A diferencia de otros países, en España la práctica totalidad de los clientes de banda ancha ya cuenta con una tarifa plana de voz fija nacional, por lo que el uso de los servicios OTT se centra principalmente en las llamadas internacionales.
Por otro lado, los más de 6 millones de líneas sin banda ancha no tienen la posibilidad de utilizar los servicios OTT.
Además, la mayoría del tráfico telefónico cursado a través de Internet tiene como destinatarios clientes de la misma plataforma de voz sobre Internet que se usa para realizar la llamada (sería el caso, por ejemplo, de dos usuarios de Skype que se llaman entre sí a través de este servicio). El número de usuarios que utiliza este tipo de servicios para llamar a numeraciones fijas o móviles aún es muy reducido. En el caso español, representan el 4% de los clientes con acceso a Internet, frente al 6% que se observa a nivel general europeo.
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